La seguridad social endurece los requisitos para la jubilación íntegra

La Seguridad Social pondrá en marcha en 2027 nuevos requisitos para aquellos trabajadores que deseen recibir la pensión completa al retirarse. En adelante, para acceder al 100% de la jubilación se deberá cumplir con 37 años de cotización en la vida laboral. Esta medida va en aumento de la edad ordinaria de jubilación, que actualmente se sitúa en 65 años, pero se irá incrementando progresivamente hasta alcanzar los 67 años en el futuro.

La reforma de las pensiones de 2011 trajo cambios

La Ley 27/2011 supuso la primera gran reforma del sistema de pensiones en España. Antes de su aprobación, la edad ordinaria de jubilación era fija y se situaba en 65 años. Sin embargo, el aumento de la presión sobre el sistema público, motivado por el aumento de la esperanza de vida y la jubilación de la generación del baby boom, derivó en la introducción de una 'dualidad' en la edad de retiro.

A raíz de esta reforma, se estableció en España un período transitorio que finalizará en 2027. Este modelo permite la coexistencia de dos edades de jubilación: una que se incrementa progresivamente cada año hasta alcanzar los 67 años, y otra que mantiene los 65 años como referencia para aquellos trabajadores que acrediten una larga trayectoria en su vida laboral.

Jubilación anticipada: requiere 35 años de cotización

Jubilación anticipada: requiere 35 años de cotización

En el caso de la jubilación anticipada voluntaria, se permite un adelanto máximo de 24 meses respecto a la edad ordinaria. El requisito mínimo de cotización es de 35 años. En este escenario, la edad mínima de acceso será de 63 o 65 años, dependiendo de si el interesado alcanza o no los 38 años y seis meses cotizados, el mismo umbral exigido para la jubilación ordinaria a los 65 años.

Por su parte, la jubilación anticipada involuntaria permite un adelanto mayor, concretamente de hasta 48 meses (4 años), siempre que se cuente con un mínimo de 33 años cotizados. En ambos casos, la Seguridad Social aplica coeficientes reductores en forma de porcentaje sobre la cuantía de la pensión.