Interinos: el tjue deja en la cuerda floja a la administración

La justicia europea ha sentenciado, y España empieza a sentir el terremoto. Tras la advertencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) del pasado abril, las indemnizaciones por abusos en la temporalidad del sector público ya son una realidad en las salas de los juzgados españoles. El primer golpe, un resarcimiento de 16.000 euros concedido en Badajoz, marca un punto de inflexión que podría afectar a miles de empleados.

El fallo de badajoz: ¿el principio de una oleada?

El Juzgado de lo Social número 4 de Badajoz ha dictado sentencia apelando directamente al fallo del TJUE, que cuestiona la efectividad de las medidas españolas para combatir la temporalidad abusiva. La indemnización, equivalente a 20 días de salario por año trabajado con un tope de 12 mensualidades, se ha concedido a un trabajador cesado tras ser superado en un proceso selectivo por el que finalmente obtuvo una plaza de funcionario. La ironía, palpable, reside en que la administración rechazó inicialmente la indemnización, argumentando que la adjudicación de la plaza implicaba la finalización de la relación laboral. Un razonamiento que, según el tribunal, choca frontalmente con la jurisprudencia europea.

La Ley 20/2021, diseñada para reducir la temporalidad, solo contempla indemnizaciones para aquellos que no superan el proceso selectivo, un resquicio que el TJUE considera insuficiente y carente de capacidad disuasoria. La sentencia de Badajoz, por tanto, abre la puerta a que otros tribunales sigan su ejemplo, redefiniendo las obligaciones de la Administración y las expectativas de los trabajadores interinos.

Vigo se suma: más de 52.000 euros para una investigadora del csic

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Pero Badajoz no es una excepción. En Vigo, otro juzgado ha fallado a favor de una investigadora del CSIC, concediéndole una indemnización superior a 52.000 euros. Al igual que en Badajoz, el tribunal gallego se ha apoyado en la sentencia del TJUE, argumentando que la figura del “indefinido no fijo” es una mera etiqueta que no elimina las consecuencias del abuso. El hecho de que la investigadora, tras años de contrato temporal, haya logrado finalmente una plaza fija no es, según el juzgado, una compensación suficiente.

Lo que nadie cuenta es que, en ambos casos, se valora la experiencia adquirida en el proceso selectivo, pero esto, según el TJUE, no es suficiente para paliar el daño causado por la temporalidad abusiva. Una convocatoria de oposiciones, incluso, no elimina el perjuicio si participan personas que no han sufrido ese abuso.

La pelota ahora está en el tejado del Gobierno, que prepara una nueva oferta de empleo público. Si bien se espera que esta medida alivie la situación, la reciente ola de sentencias judiciales deja claro que la solución pasa por una revisión profunda de la legislación vigente, una que realmente cumpla con las directrices europeas y proteja los derechos de los trabajadores.

La incertidumbre persiste, pero una cosa es segura: la Administración española tendrá que replantearse su estrategia en materia de temporalidad, o enfrentarse a una lluvia de demandas que podrían poner en jaque las arcas públicas.